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Hora de cierre de bares y discotecas en Madrid

Un bar cierra a las 2:00 y una discoteca a las 5:30, con media hora más los viernes, sábados y vísperas de festivo. Esa hora corta el servicio, no la estancia, porque el desalojo va aparte y dura 30 minutos, o 45 si el aforo autorizado llega a 300 personas. Lo fija una Orden de 2022.

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El error se paga a las 2:00 en la puerta de un bar de Madrid. La hora de cierre que fija la Comunidad de Madrid no es la hora a la que hay que estar en la calle, sino aquella en la que el local deja de servir y empieza a contar otro plazo.

El horario de cierre de los locales de ocio de la región lo fija la Orden de 21 de abril de 2022 de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, publicada en el BOCM del 29 de abril de 2022. Y esa orden es tan explícita sobre lo que pasa después del cierre como sobre la hora en sí.

¿A qué hora cierran los bares y las discotecas en Madrid? Las cafeterías y bares cierran a las 2:00 y las discotecas y salas de baile a las 5:30, según la Orden de 21 de abril de 2022 de la Comunidad de Madrid. Los viernes, sábados y vísperas de festivo se amplía media hora. El desalojo posterior dura 30 minutos, o 45 si el aforo autorizado alcanza las 300 personas.

Los horarios máximos que fija la Orden de 2022, local por local

No hay una hora de cierre de Madrid: hay una por categoría de licencia, y la diferencia entre dos locales de la misma calle puede ser de tres horas y media.

Tipo de localAperturaCierre
Cafeterías, bares y cafés-bares6:002:00
Tabernas y bodegas10:002:00
Restaurantes y autoservicios10:002:00
Bares especiales12:003:00
Salones de banquetes10:003:00
Discotecas y salas de baile17:005:30
Salas de fiestas y cafés-espectáculo13:005:30

Los horarios de esa orden, según su propio texto, son máximos en todos los casos y no pueden rebasarse, ni en el horario general ni en los especiales. Un local puede cerrar antes; no puede cerrar después.

Horas de cierre por tipo de local en la Comunidad de MadridLas chocolaterías cierran a la 1:00, los bares y restaurantes a las 2:00, los bares especiales y los salones de banquetes a las 3:00, y las discotecas y salas de fiestas a las 5:30.Cuatro horas y media entre el primero y el último1:00chocolaterías2:00bares y restaurantes3:00bares especiales5:30discotecasTodas las horas son máximos, y suben media hora el viernes y el sábado
La categoría de la licencia decide la hora, y no siempre coincide con lo que el local parece por fuera.

Media hora más el viernes, el sábado y la víspera de festivo

La ampliación general de fin de semana es de media hora, y se aplica a las actividades que se inicien los viernes, los sábados y las vísperas de festivo.

Esa media hora convierte el 2:00 de un bar en 2:30 y el 5:30 de una discoteca en 6:00, que es justo cuando abre el metro. La coincidencia importa porque Metro de Madrid funciona de 6:00 a 1:30 todos los días del año y no amplía su horario los fines de semana, según lo que circula cuando el metro cierra. Quien sale de un bar a las 2:30 no tiene metro; quien sale de una discoteca a las 6:00, sí.

La víspera de festivo hace lo mismo un martes cualquiera si el miércoles es fiesta, así que conviene saber cuáles son los 14 festivos del calendario y quién los fija, que está en qué abre y qué cierra en los festivos de Madrid.

Hay una segunda ampliación que no depende del día sino del cliente: los bares y restaurantes de hotel pueden retrasar el cierre una hora, y solo para atender a los clientes alojados.

El desalojo tiene su propio plazo, y depende del aforo

A partir de la hora de cierre se encienden las luces generales, las puertas quedan libres y no se sirve ninguna consumición ni entra ningún cliente nuevo.

Lo que empieza entonces es el desalojo, y tiene un plazo propio: 45 minutos cuando el aforo autorizado es de 300 personas o más y 30 minutos en el resto de los casos. La diferencia es de aforo, no de tipo de local, así que dos discotecas de la misma calle pueden tener plazos distintos según lo que diga su licencia. El plazo es además un máximo para completar la salida, no un tiempo de permanencia garantizado.

Plazo máximo de desalojo según el aforo autorizado del localLos locales con aforo autorizado de 300 personas o más tienen 45 minutos de desalojo desde la hora de cierre. El resto tiene 30 minutos.Cuánto dura el desalojo desde la hora de cierreAforo de 300 o más45 minResto de locales30 minEn ese plazo no se sirve nada y no entra nadie nuevo
El plazo es máximo, no un derecho a quedarse hasta agotarlo.

La misma orden añade una regla que ordena el día siguiente: entre el cierre de un local y su siguiente apertura deben transcurrir al menos seis horas. Por eso una discoteca que cierra a las 5:30 no puede abrir a las 10:00, y por eso las que tienen restauración en la licencia pueden servir comida a partir de las 12:00.

Dos horas de más en Nochevieja y en las fiestas del barrio

La ampliación mayor no es la del fin de semana sino la de determinadas fechas, y son dos horas de cierre adicionales.

Cubre cuatro supuestos: las fiestas patronales de cada municipio, las fiestas nacionales con implantación en la región, las fiestas navideñas de Nochebuena, Fin de Año y Reyes Magos, y las actividades de interés general que declare cada Ayuntamiento.

Los dos últimos son los que producen sorpresas, porque dependen de decisiones municipales distintas en cada término: una fiesta patronal de un pueblo de la Comunidad amplía el horario allí y no en la capital, igual que ocurre con los dos festivos locales del calendario.

Con esas dos horas, una discoteca cierra a las 7:30 en Nochevieja si además cae en viernes o sábado, sumando la media hora de fin de semana.

La terraza y el interior no los fija el mismo organismo

En la Comunidad de Madrid la terraza tiene su propio régimen dentro de la Orden autonómica: de 8:00 a 1:00 del 1 de noviembre al 15 de marzo y de 8:00 a 1:30 del 16 de marzo al 31 de octubre, o el horario del establecimiento del que dependen si es más corto.

En la ciudad de Madrid, en cambio, la terraza la regula el Ayuntamiento con su propia ordenanza, con horarios diferenciados por tipo de calle y de emplazamiento, tal como está en el horario de cierre de las terrazas de Madrid. Es el mismo reparto de competencias que hace que el interior de un local dependa de un organismo y la mesa de la acera de otro. Dentro de las terrazas hay además un caso que cierra todavía antes: una azotea recoge a las 00:00 entre el 1 de noviembre y el 14 de marzo, dos horas antes que la barra de abajo.

Hay una tercera capa que no toca la hora sino la calle. En las 4 Zonas de Protección Acústica Especial un local de ocio nocturno nuevo debe separarse hasta 100 metros del anterior cuando la superación llega a 10 dBA, y una de las cuatro es AZCA, dentro del distrito de Tetuán. Dónde se concentra cada tipo de local con estos horarios ya aplicados está en las zonas de salida de Madrid.

Ese cruce de administraciones es constante en la ciudad y explica por qué no existe un horario único de Madrid, como se ve en quién decide los horarios de Madrid. Con el comercio pasa exactamente lo mismo, y ahí la norma es autonómica otra vez, según qué tiendas abren en domingo.

Qué administración fija cada horario del ocio nocturno en MadridLa Comunidad de Madrid fija el horario del interior de los locales. El Ayuntamiento de Madrid fija el de las terrazas de la ciudad. Cada Ayuntamiento declara sus fiestas patronales.Tres decisiones, dos administracionesInterior del localComunidad de Madrid, Orden de 2022Terraza en la ciudadAyuntamiento de Madrid, ordenanza propiaLas dos horas extraCada Ayuntamiento, en su término
Cumplir una de las tres reglas no significa cumplir las otras dos.

Preguntas frecuentes sobre el horario de cierre en Madrid

¿A qué hora cierran los bares en Madrid?

Las cafeterías, bares y cafés-bares cierran a las 2:00, y las tabernas y bodegas también. Los viernes, sábados y vísperas de festivo se amplía media hora, así que el límite pasa a las 2:30.

¿A qué hora cierran las discotecas en Madrid?

A las 5:30 según la Orden de 21 de abril de 2022 de la Comunidad de Madrid, y a las 6:00 los viernes, sábados y vísperas de festivo. Abren a partir de las 17:00.

¿Cuánto tiempo hay para salir después de la hora de cierre?

Treinta minutos con carácter general y cuarenta y cinco cuando el aforo autorizado es de 300 personas o más. Desde la hora de cierre no se sirve ninguna consumición ni entra nadie nuevo.

¿Se amplía el horario en Nochevieja o en las fiestas del barrio?

Sí, dos horas. La ampliación cubre Nochebuena, Fin de Año y Reyes, las fiestas patronales de cada municipio, las fiestas nacionales y las actividades que el Ayuntamiento declare de interés general.

¿Puede un bar de hotel servir más tarde que uno de calle?

Sí, una hora más, pero solo para atender a los clientes alojados. Es la única excepción de la Orden que depende de quién es el cliente y no del tipo de local.

¿Quién fija el horario de las terrazas en la ciudad de Madrid?

El Ayuntamiento de Madrid, con su propia ordenanza de terrazas. La Orden autonómica fija un régimen general para la región, pero la terraza de la capital se rige por la norma municipal.

Una hora de cierre, media hora de fin de semana, dos horas de fiesta y un desalojo que va aparte.

Reinel González
Reinel González · Redactor

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